Fichaje Obligatorio

A partir del 12 de mayo del 2019, entra en vigor la nueva normativa...

que implica que toda empresa o autonomo con uno o más trabajadores en plantilla. Estará obligada sin excepción de disponer de un sistema de fichaje.

El objetivo es medir la duración de las jornadas laborales y, por lo tanto, las horas extraordinarias y también los descansos.

Con dicha normativa se establecen las siguientes obligaciones:

·Garantizar el registro horario de la jornada. Deberá incluir el horario concreto de inicio y final de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora.

·Organizar y documentar el registro de cada jornada. Bien mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o en su defecto mediante decisión del empresario previa consulta con los representantes de los trabajadores de empresas.

·Conservar los registros durante 4 años.

Además, hay que tenerlos a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de trabajo y Seguridad Social.

Las sanciones pueden ir desde los 626€ a los 6.250€ si se considera infracción grave.

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